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Ya no deberían cobrarte el alumbrado público en la factura de luz: qué establece la ley y qué hacer si todavía aparece

Una práctica que durante años encareció las boletas eléctricas en distintos puntos del país quedó prohibida por normativa nacional. Se trata de la inclusión del cargo por alumbrado público dentro de la factura de energía, algo que ya no debería figurar salvo autorización expresa del usuario.

La Resolución 267/2024 del ENRE y de la Secretaría de Comercio determinó que las distribuidoras no pueden facturar conceptos que no estén directamente vinculados con el suministro eléctrico contratado. En otras palabras, la boleta debe reflejar únicamente lo que corresponde al consumo de energía y los cargos asociados a ese servicio específico.

Cómo funcionaba el cobro y por qué generaba polémica

Durante años, muchas facturas incorporaron tasas municipales, seguros o conceptos como alumbrado público dentro del mismo resumen. En algunos casos, esos ítems representaban un porcentaje significativo del total a pagar, lo que diluía incluso el impacto de subsidios aplicados al consumo eléctrico.

El mecanismo era simple. Los municipios delegaban el cobro en las distribuidoras, que lo incorporaban dentro de la boleta de luz. El problema es que el usuario terminaba pagando servicios que no formaban parte directa del contrato eléctrico, sin posibilidad clara de separarlos.

Qué cambió con la nueva normativa

Desde la entrada en vigencia de la resolución, las facturas deben mostrar exclusivamente cargos vinculados al suministro eléctrico. Conceptos como alumbrado público, tasas municipales o servicios adicionales no pueden incluirse sin consentimiento del cliente.

La medida se apoya en la Ley de Defensa del Consumidor, que exige facturación clara, detallada y veraz. La boleta debe ser transparente y no puede mezclar conceptos ajenos al servicio principal.

Qué hacer si todavía aparece el cargo

Si en tu factura continúa figurando el alumbrado público u otros ítems que no corresponden al consumo eléctrico, podés revisar el detalle y presentar un reclamo formal ante la distribuidora. También es posible denunciar la situación ante la Secretaría de Comercio o en Defensa del Consumidor.

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